El Olivar (subdelegación)
El Olivar | |
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Subdelegación | |
Entidad | Subdelegación |
• País | Chile |
• Provincia | Colchagua |
• Departamento | Caupolicán |
Subdivisiones |
Distritos: Cuatro (1846) Tres (1863) |
El Olivar (también conocida como Olivar) fue una de las subdelegaciones que integró el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.
El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del 12 de enero de 1846, del presidente Manuel Bulnes. Más adelante sufrió modificaciones estipuladas por el decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez
Historia
La subdelegación, que ocupó el número 3.° del Caupolicán, fue creada por decreto del 12 de enero de 1846, del presidente Manuel Bulnes, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:
Al oriente, con la punta del viento en el romeral de Toquigua; por el sur, con la subdelegación de Chanquiagüe; y por el norte con el río Cachapoal.
El decreto de 1846 le asigna cuatro distritos pero no los nombra ni delimita.[1] El territorio de El Olivar fue modificado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, consignándole como nuevos límites:
Por el oriente, con el río Cachapoal en la afluencia de río Seco; por el poniente, con la subdelegación de Coinco, pasando por el Peral hast ala puntilla del cerro de las Petacas; por el sur, con río Seco; y por el norte con el Cachapoal.
El decreto de 1863 le asigna tres distritos: Gultro, Olivar y La Iglesia Vieja.[2]
Por decreto del 22 de diciembre de 1891 fueron creadas varias comunas en el departamento de Caupolicán, entre ellas la comuna de Coinco, a la que pasó a pertenecer esta subdelegación.[3] Más adelante, por decreto del 25 de febrero de 1897, esta subdelegación fue separada para conformar la nueva comuna de Olivar.[4]
La Constitución de 1925, promulgada el 18 de octubre de ese año, estableció en su Artículo 93 que "cada territorio comunal corresponderá a una subdelegación completa" y que "la división administrativa denominada comuna equivaldrá a la división política denominada subdelegación". Esto implicó la unificación de los límites territoriales de ambas entidades, lo que llevó a que las nuevas comunas-subdelegaciones se subdividieran directamente en distritos, eliminando así el estatus legal de las subdelegaciones anteriores.[5] Luego, el Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925, ratificó este marco, señalando específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se reconfirmó la existencia de la comuna del Olivar y su correspondiente subdelegación homónima.[6]
Administración
La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[7]
Referencias
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