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'''Población''' fue una de las [[Diccionario:Subdelegación|subdelegaciones]] que integró el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de San Fernando|San Fernando]]. | '''Población''' fue una de las [[Diccionario:Subdelegación|subdelegaciones]] que integró el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de San Fernando|San Fernando]]. | ||
El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del presidente [[Arturo Alessandri Palma]] el | El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del presidente [[Arturo Alessandri Palma]] el 23 de mayo de [[1924]].<ref name="distritos">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ&pg=PA12 |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12-13 |idioma=es}}</ref> | ||
== Historia == | == Historia == | ||
La subdelegación fue creada por decreto supremo del | La subdelegación fue creada por decreto supremo 1.665 del 23 de mayo de [[1924]],<ref>{{Grez2019|20}}</ref> con parte de los territorios de las subdelegaciones de [[Calleuque (subdelegación)|Calleuque]] y [[Peña Blanca (subdelegación)|Peña Blanca]]. El documento asimismo determinó la creación de la [[Población (comuna)|comuna de Población]].<ref name="decreto">Decreto 1.665 del 23 de mayo de 1924, publicado el 5 de junio de 1924, p. 1470-1471 del Diario Oficial</ref> | ||
Sus límites fueron los siguientes: | Sus límites fueron los siguientes: | ||
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Una línea que, partiendo del cerro de Los Maitenes, en el límite norte de la subdelegación, sigue por los límites occidentales de la propiedad de don José Núñez, [[hacienda Santa Ana]] de don [[Federico Casa Espínola]], [[fundo Pihuchén]] de don [[Luis Maturana]] y [[Maqui-Bueno]] de don [[Manuel Lagos]], para continuar directamente al sur astronómico, hasta interceptar el camino que, pasando por el portezuelo de Molineros, va hacia [[Nilahue]], por [[Reto]] y [[Peña Blanca]], continuando la delimitación por este camino hasta alcanzar el límite sur de la subdelegación|Decreto 1.665}} | Una línea que, partiendo del cerro de Los Maitenes, en el límite norte de la subdelegación, sigue por los límites occidentales de la propiedad de don José Núñez, [[hacienda Santa Ana]] de don [[Federico Casa Espínola]], [[fundo Pihuchén]] de don [[Luis Maturana]] y [[Maqui-Bueno]] de don [[Manuel Lagos]], para continuar directamente al sur astronómico, hasta interceptar el camino que, pasando por el portezuelo de Molineros, va hacia [[Nilahue]], por [[Reto]] y [[Peña Blanca]], continuando la delimitación por este camino hasta alcanzar el límite sur de la subdelegación|Decreto 1.665<ref name="decreto"/>}} | ||
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La Constitución Política de la República de [[1925]] estableció en su artículo 93 que "la división administrativa denominada comuna equivaldrá a la división política denominada subdelegación". Esta norma no entró plenamente en vigencia hasta el 1 de febrero de [[1928]] con la dictación del Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de [[1927]], que alteró la división político-administrativa del país. De esta forma, el territorio de esta subdelegación pasa al departamento de Santa Cruz y su territorio es fusionado con la comuna-subdelegación de [[Peralillo (subdelegación)|Peralillo]].<ref>{{Cita web |url=https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=19463&buscar=8583 |título=DTO-8583 28-ENE-1928 MINISTERIO DEL INTERIOR - Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=28 de enero de 1928 |sitioweb=Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |idioma=en}}</ref> | |||
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| Población | |
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| Subdelegación | |
| Capital | Población |
| Entidad | Subdelegación |
| • País | Chile |
| • Provincia | Colchagua |
| • Departamento | San Fernando |
Población fue una de las subdelegaciones que integró el antiguo departamento de San Fernando.
El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del presidente Arturo Alessandri Palma el 23 de mayo de 1924.[1]
Historia
La subdelegación fue creada por decreto supremo 1.665 del 23 de mayo de 1924,[2] con parte de los territorios de las subdelegaciones de Calleuque y Peña Blanca. El documento asimismo determinó la creación de la comuna de Población.[3]
Sus límites fueron los siguientes:
"a) De la actual subdelegación 18 "Calleuque", el territorio que queda al occidente del siguiente límite:
El estero de Las Cadenas, desde la punta de Marchigüe hasta el antiguo camino de Los Patos; este camino hasta que se junta al sur del pueblo de Población, con el camino público que va de allí a Pumanque por el portezuelo de Molineros, continuando por él hasta dicho portezuelo, y de allí por el filo del cordón que se dirige hacia el cerro Cañetén.
b) De la actual subdelegación 12, "Peña Blanca", el territorio que queda al oriente del siguiente límite:
Una línea que, partiendo del cerro de Los Maitenes, en el límite norte de la subdelegación, sigue por los límites occidentales de la propiedad de don José Núñez, hacienda Santa Ana de don Federico Casa Espínola, fundo Pihuchén de don Luis Maturana y Maqui-Bueno de don Manuel Lagos, para continuar directamente al sur astronómico, hasta interceptar el camino que, pasando por el portezuelo de Molineros, va hacia Nilahue, por Reto y Peña Blanca, continuando la delimitación por este camino hasta alcanzar el límite sur de la subdelegación
Decreto 1.665[3]
Además se establecieron dos distritos: Población y Molineros.[3]
La Constitución Política de la República de 1925 estableció en su artículo 93 que "la división administrativa denominada comuna equivaldrá a la división política denominada subdelegación". Esta norma no entró plenamente en vigencia hasta el 1 de febrero de 1928 con la dictación del Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de 1927, que alteró la división político-administrativa del país. De esta forma, el territorio de esta subdelegación pasa al departamento de Santa Cruz y su territorio es fusionado con la comuna-subdelegación de Peralillo.[4]
Administración
La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[5]
Referencias
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