Diferencia entre revisiones de «Coinco (distrito, 1863-1864)»

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El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de [[1863]], del presidente José Joaquín Pérez.  
El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de [[1863]], del presidente José Joaquín Pérez. Suprimido en [[1864]].


== Historia ==
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Fue suprimido como consecuencia del decreto de 16 de septiembre de [[1864]], que señaló que "el distrito núm. 1 de la 7.° subdelegación denominado de Coinco por el decreto de 26 de junio citado [1863], se denominará [[Copequén (distrito)|Copequén]]". La misma norma creó otro distrito denominado [[Coinco (distrito)|Coinco]], que llevó por número 2.°.<ref>{{cita libro|title=Geografía política de Chile: Talca a Tacna|last=Echeverría y Reyes|first=Aníbal|page=80-81|volume=Tomo segundo|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago}}</ref>


== Administración ==
== Administración ==

Revisión actual - 01:31 8 ene 2023

Coinco
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán
 • Subdelegación Coinco

Coinco fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Coinco, en el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez. Suprimido en 1864.

Historia

El distrito, que ocupó el número 1.° de la subdelegación de Coinco, Caupolicán, fue creado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al norte, con el río Cachapoal; al sur, con las serranías de Coinco; al poniente, con el camino que pasa por la casa de Santos Aceituno, el cual se extiende desde el cerro hasta el río; y al oriente, con el límite de la subdelegación.

Fue suprimido como consecuencia del decreto de 16 de septiembre de 1864, que señaló que "el distrito núm. 1 de la 7.° subdelegación denominado de Coinco por el decreto de 26 de junio citado [1863], se denominará Copequén". La misma norma creó otro distrito denominado Coinco, que llevó por número 2.°.[1]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[2]

Referencias

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