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'''Zúñiga''' fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró la [[Diccionario:subdelegación|subdelegación]] de [[Zúñiga (subdelegación)|Zúñiga]], en los antiguos [[Diccionario:departamento|departamentos]] de [[departamento de Caupolicán|Caupolicán]] y [[departamento de San Vicente|San Vicente]], [[provincia histórica de Colchagua|provincia de Colchagua]].


El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de [[1863]], del presidente José Joaquín Pérez.
El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de [[1863]], del presidente José Joaquín Pérez.
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{{cita|Al oriente, por el límite dado a [[subdelegación de Zúñiga|la subdelegación]]; al sur, por el [[río Claro]]; al poniente, por el camino público de los Droguetes que sale del Cachapoal y punta del Viento; y al norte, el Cachapoal.}}
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== Administración ==
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[[Categoría:Distritos del departamento de Caupolicán]]
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Revisión del 18:26 8 jun 2025

Zúñiga
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán (1863-1925)
San Vicente (1925-1928)
 • Subdelegación Zúñiga

Zúñiga fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Zúñiga, en los antiguos departamentos de Caupolicán y San Vicente, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez.

Historia

El distrito, que ocupó el número 1.° de la subdelegación de Zúñiga, Caupolicán, fue creado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al oriente, por el límite dado a la subdelegación; al sur, por el río Claro; al poniente, por el camino público de los Droguetes que sale del Cachapoal y punta del Viento; y al norte, el Cachapoal.

Por decreto ley del 17 de septiembre de 1925, fue creado el departamento de San Vicente, pasando este distrito a integrarlo desde el 1 de octubre.[1]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[2]

Referencias

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