Diferencia entre revisiones de «Elección de convencionales constituyentes de 2021»
| Línea 3: | Línea 3: | ||
Los comicios, que se realizarán simultáneamente con las elecciones de [[elección de gobernador regional de O'Higgins de 2021|gobernador regional]] y de [[elección municipal de 2021|alcaldes y concejales]], fueron convocados luego que la opción "Apruebo" triunfara en el [[plebiscito nacional de 2020|plebiscito del 25 de octubre de 2020]]. | Los comicios, que se realizarán simultáneamente con las elecciones de [[elección de gobernador regional de O'Higgins de 2021|gobernador regional]] y de [[elección municipal de 2021|alcaldes y concejales]], fueron convocados luego que la opción "Apruebo" triunfara en el [[plebiscito nacional de 2020|plebiscito del 25 de octubre de 2020]]. | ||
==Antecedentes== | ==Antecedentes y sistema electoral== | ||
La firma del denominado "Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución", en noviembre de [[2019]], motivó la puesta en marcha de un proceso constituyente en el país para dar una salida política definitiva a las demandas del [[estallido social]]. <ref>{{Cita web|url=https://www.cnnchile.com/pais/acuerdo-por-una-nueva-constitucion-hoja-en-blanco-quorum-de-2-3-y-plebiscito-de-entrada-en-abril-2020_20191115/|título=Acuerdo por una nueva Constitución: Hoja en blanco, quórum de 2/3 y plebiscito de entrada en abril 2020|fechaacceso=15 de noviembre de 2019|apellido=|nombre=|sitioweb=CNN Chile|idioma=es}}</ref> | La firma del denominado "Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución", en noviembre de [[2019]], motivó la puesta en marcha de un proceso constituyente en el país para dar una salida política definitiva a las demandas del [[estallido social]]. <ref>{{Cita web|url=https://www.cnnchile.com/pais/acuerdo-por-una-nueva-constitucion-hoja-en-blanco-quorum-de-2-3-y-plebiscito-de-entrada-en-abril-2020_20191115/|título=Acuerdo por una nueva Constitución: Hoja en blanco, quórum de 2/3 y plebiscito de entrada en abril 2020|fechaacceso=15 de noviembre de 2019|apellido=|nombre=|sitioweb=CNN Chile|idioma=es}}</ref> | ||
| Línea 9: | Línea 9: | ||
El [[Distrito 16]] —integrado por las provincias de [[provincia de Colchagua|Colchagua]] y [[provincia Cardenal Caro|Cardenal Caro]], además de algunas comunas de la [[provincia de Cachapoal]]— debía elegir cuatro convencionales en caso de ganar la Convención Constitucional, o dos en caso de resultar vencedora la opción de Convención Mixta.<ref name="diario1"/> Al incorporarse la representación de pueblos originarios en la Convención Constitucional (opción ganadora del plebiscito de 2020), el distrito no varió su número de convencionales electos, aunque se hizo presente que ganaría un escaño el representante del pueblo mapuche que más votos obtuviera en la [[región de O'Higgins]].<ref>{{cita web |url=https://www.servel.cl/pueblos-indigenas-servel-determino-distritos-con-disminucion-de-escanos/ |título=Pueblos Indígenas: Servel determinó distritos con disminución de escaños |autor=Servicio Electoral de Chile |fecha=26 de diciembre de 2020 |fechaacceso=27 de diciembre de 2020 }}</ref> | El [[Distrito 16]] —integrado por las provincias de [[provincia de Colchagua|Colchagua]] y [[provincia Cardenal Caro|Cardenal Caro]], además de algunas comunas de la [[provincia de Cachapoal]]— debía elegir cuatro convencionales en caso de ganar la Convención Constitucional, o dos en caso de resultar vencedora la opción de Convención Mixta.<ref name="diario1"/> Al incorporarse la representación de pueblos originarios en la Convención Constitucional (opción ganadora del plebiscito de 2020), el distrito no varió su número de convencionales electos, aunque se hizo presente que ganaría un escaño el representante del pueblo mapuche que más votos obtuviera en la [[región de O'Higgins]].<ref>{{cita web |url=https://www.servel.cl/pueblos-indigenas-servel-determino-distritos-con-disminucion-de-escanos/ |título=Pueblos Indígenas: Servel determinó distritos con disminución de escaños |autor=Servicio Electoral de Chile |fecha=26 de diciembre de 2020 |fechaacceso=27 de diciembre de 2020 }}</ref> | ||
Para esta elección, la Ley 21.216 del [[20 de marzo]] de [[2020]] estableció que dos o más candidatos independientes podrían formar un pacto electoral.<ref name="paridad">{{cita web |url=https://radio.uchile.cl/2019/12/19/camara-aprueba-paridad-de-genero-cuotas-indigenas-y-candidaturas-independientes/ |título=Cámara aprueba paridad de género, cuotas indígenas y candidaturas independientes |obra=Diario U. de Chile |fecha=19 de diciembre de 2019 |fechaacceso=26 de diciembre de 2019}}</ref> El piso mínimo de patrocinios individuales es de 300, y para listas de independientes es de 500.<ref name=mercurioindep>{{cita web |url=https://merreader.emol.cl/2020/12/04/content/pages/img/big/8O3SSUAI.jpg |título=A ley proyecto para facilitar candidaturas independientes a la Convención |obra=El Mercurio |fecha=4 de diciembre de 2020 |fechaacceso=4 de diciembre de 2020 |página=C2}}</ref> En diciembre de [[2020]], el Servicio Electoral habilitó un sistema virtual para recepción de patrocinios para los candidatos independientes.<ref>{{cita web |url=https://www.servel.cl/patrocinio-en-linea-de-candidaturas-independientes-para-convencionales-constituyentes/ |título=Patrocinio en línea de candidaturas independientes para Convencionales Constituyentes |autor=Servicio Electoral de Chile |fecha=15 de diciembre de 2020 |fechaacceso=15 de diciembre de 2020}}</ref> | |||
Además, se estableció un mecanismo de paridad de género que asegura una equitativa representatividad de hombres y mujeres en la Convención. La ley N.° 21.216 señala que las listas de candidaturas deben ser encabezadas por una mujer, seguidas por un hombre, alternándose ambos géneros en el listado; las listas con número par de candidaturas deben ser compuestas, en igual número, por hombres y mujeres, y si es impar un género no debe superar al otro en más de un candidato; además, los distritos que elijan tres o cuatro convencionales constituyentes podrán tener listas con hasta seis candidatos; aquellos que eligen cinco o más representantes, se aplicará la normativa vigente (candidatos equivalentes al número de escaños más uno).<ref name="paridad"/> | |||
==Referencias== | ==Referencias== | ||
{{reflist}} | {{reflist}} | ||
Revisión del 01:02 12 ene 2021
La elección de convencionales constituyentes se llevará a cabo el 11 de abril de 2021 para elegir los 155 integrantes de la Convención Constituyente, que deberá redactar una propuesta de nueva Constitución Política de la República.
Los comicios, que se realizarán simultáneamente con las elecciones de gobernador regional y de alcaldes y concejales, fueron convocados luego que la opción "Apruebo" triunfara en el plebiscito del 25 de octubre de 2020.
Antecedentes y sistema electoral
La firma del denominado "Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución", en noviembre de 2019, motivó la puesta en marcha de un proceso constituyente en el país para dar una salida política definitiva a las demandas del estallido social. [1]
La reforma constitucional que estableció la realización de un plebiscito en abril de 2020 (postergado al 25 de octubre del mismo año producto de la pandemia de covid-19) determinó que, de ganar la opción "Apruebo" en el plebiscito, debería convocarse una convención constituyente elegida democráticamente. Los dos modelos sometidos a votación fueron: la Convención Constitucional, con 155 miembros elegidos; y la Convención Mixta Constitucional, integrada por parlamentarios en ejercicio (86) y ciudadanos elegidos (86).[2]
El Distrito 16 —integrado por las provincias de Colchagua y Cardenal Caro, además de algunas comunas de la provincia de Cachapoal— debía elegir cuatro convencionales en caso de ganar la Convención Constitucional, o dos en caso de resultar vencedora la opción de Convención Mixta.[2] Al incorporarse la representación de pueblos originarios en la Convención Constitucional (opción ganadora del plebiscito de 2020), el distrito no varió su número de convencionales electos, aunque se hizo presente que ganaría un escaño el representante del pueblo mapuche que más votos obtuviera en la región de O'Higgins.[3]
Para esta elección, la Ley 21.216 del 20 de marzo de 2020 estableció que dos o más candidatos independientes podrían formar un pacto electoral.[4] El piso mínimo de patrocinios individuales es de 300, y para listas de independientes es de 500.[5] En diciembre de 2020, el Servicio Electoral habilitó un sistema virtual para recepción de patrocinios para los candidatos independientes.[6]
Además, se estableció un mecanismo de paridad de género que asegura una equitativa representatividad de hombres y mujeres en la Convención. La ley N.° 21.216 señala que las listas de candidaturas deben ser encabezadas por una mujer, seguidas por un hombre, alternándose ambos géneros en el listado; las listas con número par de candidaturas deben ser compuestas, en igual número, por hombres y mujeres, y si es impar un género no debe superar al otro en más de un candidato; además, los distritos que elijan tres o cuatro convencionales constituyentes podrán tener listas con hasta seis candidatos; aquellos que eligen cinco o más representantes, se aplicará la normativa vigente (candidatos equivalentes al número de escaños más uno).[4]
Referencias
- El acceso a las notas y referencias está restringido a usuarios registrados.

