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Diferencia entre revisiones de «Santo Domingo (comuna)»

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La ley N.° 1.437 de 31 de mayo de [[1922]] creó la comuna de Santo Domingo, con el territorio de las subdelegaciones 14.° Santo Domingo y 15.° Bucalemu, del edpartamento de Melipilla, provincia de Santiago.<ref name="zam">{{Zamudio|56, 91-92, 100}}</ref> El dictador Carlos Ibáñez del Campo, mediante el Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.582 de 30 de diciembre de [[1927]], fusionó los departamentos de San Antonio y Melipilla, manteniendo la última como su denominación. El DFL N.° 8.583, de la misma fecha, declara que el departamento comprende las comunas de San Antonio, Melipilla, El Monte, María Pinto, Cartagena y Loica. Las antiguas subdelegaciones 14.° y 15.° quedan en la comuna de San Antonio. La comuna de Santo Domingo es suprimida. Por decreto del 11 de octubre de [[1933]], del presidente Arturo Alessandri, se restauran los departamentos de San Antonio y Melipilla, quedando en el primero las comunas de San Antonio y Cartagena, y en el segundo Melipilla, El Monte, San Pedro y Alhué. Por Ley N.° 8.409 de 17 de enero de [[1946]], se restaura la comuna de Santo Domingo, en el departamento de San Antonio.<ref name="zam"/>
La ley N.° 1.437 de 31 de mayo de [[1922]] creó la comuna de Santo Domingo, con el territorio de las subdelegaciones 14.° Santo Domingo y 15.° Bucalemu, del edpartamento de Melipilla, provincia de Santiago.<ref name="zam">{{Zamudio|56, 91-92, 100}}</ref> El dictador Carlos Ibáñez del Campo, mediante el Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.582 de 30 de diciembre de [[1927]], fusionó los departamentos de San Antonio y Melipilla, manteniendo la última como su denominación. El DFL N.° 8.583, de la misma fecha, declara que el departamento comprende las comunas de San Antonio, Melipilla, El Monte, María Pinto, Cartagena y Loica. Las antiguas subdelegaciones 14.° y 15.° quedan en la comuna de San Antonio. La comuna de Santo Domingo es suprimida. Por decreto del 11 de octubre de [[1933]], del presidente Arturo Alessandri, se restauran los departamentos de San Antonio y Melipilla, quedando en el primero las comunas de San Antonio y Cartagena, y en el segundo Melipilla, El Monte, San Pedro y Alhué. Por Ley N.° 8.409 de 17 de enero de [[1946]], se restaura la comuna de Santo Domingo, en el departamento de San Antonio.<ref name="zam"/>


Con el proceso de regionalización, la comuna de Santo Domingo pasó a integrar, en buena parte, la nueva provincia de San Antonio, en la V Región. Sin embargo, una parte de ella, el [[distrito de Yali]], quedó incorporado por Decreto Ley N.° 1.317 del 7 de enero de [[1976]] a la [[provincia de Colchagua]], [[VI Región]]. El libro de la CONARA "Chile hacia un nuevo destino" menciona que la provincia de Colchagua "comprende entonces las comunas de [...] Navidad y el distrito 3 Yali, de la comuna de Santo Domingo"; similarmente, expresa que la provincia de San Antonio "está integrada por las comunas de [...] Santo Domingo, excluido el distrito 3 Yali".<ref>[https://www.google.cl/books/edition/Chile_hacia_un_nuevo_destino/LPjw7HyHg7MC?hl=es&gbpv=1&dq="distrito+3+yali"&pg=PA278 Chile hacia un nuevo destino]</ref> Sin embargo, por Decreto Ley N.° 2.867 del 26 de octubre de [[1979]], el territorio de Yali es retornado a la provincia de San Antonio, V Región de Valparaíso,<ref>{{Zamudio|116}}</ref> quedando íntegramente la comuna de Santo Domingo en el territorio de esa región.
Con el proceso de regionalización, la comuna de Santo Domingo pasó a integrar, en buena parte, la nueva provincia de San Antonio, en la V Región. Sin embargo, una parte de ella, el [[distrito de Yali]], quedó incorporado por Decreto Ley N.° 1.317 del 7 de enero de [[1976]] a la [[provincia de Colchagua]], [[VI Región]]. El libro de la CONARA "Chile hacia un nuevo destino" menciona que la provincia de Colchagua "comprende entonces las comunas de [...] Navidad y el distrito 3 Yali, de la comuna de Santo Domingo"; similarmente, expresa que la provincia de San Antonio "está integrada por las comunas de [...] Santo Domingo, excluido el distrito 3 Yali".<ref>[https://www.google.cl/books/edition/Chile_hacia_un_nuevo_destino/LPjw7HyHg7MC?hl=es&gbpv=1&pg=PA278 Chile hacia un nuevo destino]</ref> Sin embargo, por Decreto Ley N.° 2.867 del 26 de octubre de [[1979]], el territorio de Yali es retornado a la provincia de San Antonio, V Región de Valparaíso,<ref>{{Zamudio|116}}</ref> quedando íntegramente la comuna de Santo Domingo en el territorio de esa región.


== Referencias ==
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Revisión del 00:34 3 jul 2023

La ley N.° 1.437 de 31 de mayo de 1922 creó la comuna de Santo Domingo, con el territorio de las subdelegaciones 14.° Santo Domingo y 15.° Bucalemu, del edpartamento de Melipilla, provincia de Santiago.[1] El dictador Carlos Ibáñez del Campo, mediante el Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.582 de 30 de diciembre de 1927, fusionó los departamentos de San Antonio y Melipilla, manteniendo la última como su denominación. El DFL N.° 8.583, de la misma fecha, declara que el departamento comprende las comunas de San Antonio, Melipilla, El Monte, María Pinto, Cartagena y Loica. Las antiguas subdelegaciones 14.° y 15.° quedan en la comuna de San Antonio. La comuna de Santo Domingo es suprimida. Por decreto del 11 de octubre de 1933, del presidente Arturo Alessandri, se restauran los departamentos de San Antonio y Melipilla, quedando en el primero las comunas de San Antonio y Cartagena, y en el segundo Melipilla, El Monte, San Pedro y Alhué. Por Ley N.° 8.409 de 17 de enero de 1946, se restaura la comuna de Santo Domingo, en el departamento de San Antonio.[1]

Con el proceso de regionalización, la comuna de Santo Domingo pasó a integrar, en buena parte, la nueva provincia de San Antonio, en la V Región. Sin embargo, una parte de ella, el distrito de Yali, quedó incorporado por Decreto Ley N.° 1.317 del 7 de enero de 1976 a la provincia de Colchagua, VI Región. El libro de la CONARA "Chile hacia un nuevo destino" menciona que la provincia de Colchagua "comprende entonces las comunas de [...] Navidad y el distrito 3 Yali, de la comuna de Santo Domingo"; similarmente, expresa que la provincia de San Antonio "está integrada por las comunas de [...] Santo Domingo, excluido el distrito 3 Yali".[2] Sin embargo, por Decreto Ley N.° 2.867 del 26 de octubre de 1979, el territorio de Yali es retornado a la provincia de San Antonio, V Región de Valparaíso,[3] quedando íntegramente la comuna de Santo Domingo en el territorio de esa región.

Referencias

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