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Pencahue (subdelegación)

(Redirigido desde «Subdelegación de Pencagüe»)
Geografía
SubdivisionesDistritos: Tres (1846)
Cuatro (1863)
Gobierno
PaísChile

Pencahue (también conocida como Pencagüe) fue una de las subdelegaciones que integró los antiguos departamentos de Caupolicán y San Vicente, provincia de Colchagua.

El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del 12 de enero de 1846, del presidente Manuel Bulnes. Más adelante sufrió modificaciones estipuladas por el decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez. Fue suprimida en 1925 para conformar la nueva subdelegación de Laguna de Tagua-Tagua.

Historia

La subdelegación, que ocupó el número 7.° del Caupolicán, fue creada por decreto del 12 de enero de 1846, del presidente Manuel Bulnes, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al oriente, por la subdelegación de Malloa y la hacienda del Tambo, que confina con la de Rastrojos; al poniente, por el mal paso que sirve de deslinde a la de Pichidegua; al sur, por el departamento de S. Fernando y el cordón de cerros que conduce a Yáquil; y al norte por la subdelegación de Guacargüe.

El decreto de 1846 le asigna tres distritos pero no los nombra ni delimita.[1] El territorio de Pencahue fue modificado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, consignándole como nuevos límites:

Al oriente, la línea divisoria de la hacienda de Tagua Tagua con las Pataguas y otras propiedades, y llegando al estero de Zamorano, la línea del callejón de Taguatagua hasta llegar a la puntilla de Tunca, y de ahí, siguiendo el cordón del cerro que está al oriente del citado Tunca hasta llegar al frente del zanjón de Dinamarca; al norte, dicho zanjón, cuyas aguas confluyen con las del río Cachapoal, desde el cual, siguiendo sus riberas por el mismo viento, continúa la línea hasta que se reúne con el Zamorano; al poniente, dará principio el deslinde desde la estrechura de Zamorano, y sigue la línea divisoria que tiene Taguatagua por los cerros con la hacienda y lugar de Larmagüe y la del Huique; y al sur, el cordón de cerros que da vista a Nancagua.

El decreto de 1863 le asigna cuatro distritos: Barrera, Taguatagua, Las Cruces y Tunca.[2]

Por decreto del 16 de septiembre de 1864, se declaró que la subdelegación:[3]

...tendrá por límites los mismos que le señala el decreto antedicho [de 1863], a excepción del límite norte que será el siguiente: por el norte, en la parte que se divide con la subdelegación 9.° de Zúñiga, será mirando desde el estero de Dinamarca, línea recta a la punta de Peumo, teniéndose por tal división los terrenos o deslindes de don Ramón Carreño con don Antonio Granifo por una cerca viva muy espesa.

Decreto de 1864

Por decreto del 22 de diciembre de 1891 fueron creadas varias comunas en el departamento de Caupolicán, entre ellas la comuna de San Vicente, a la que pasó a pertenecer esta subdelegación.[4]

Por decreto ley del 17 de septiembre de 1925, fue creado el departamento de San Vicente, pasando esta subdelegación a integrarlo desde el 1 de octubre.[5] Poco después, la Constitución de 1925, promulgada el 18 de octubre de ese año, estableció en su Artículo 93 que "cada territorio comunal corresponderá a una subdelegación completa" y que "la división administrativa denominada comuna equivaldrá a la división política denominada subdelegación". Esto implicó la unificación de los límites territoriales de ambas entidades, lo que llevó a que las nuevas comunas-subdelegaciones se subdividieran directamente en distritos, eliminando así el estatus legal de las subdelegaciones anteriores.[6] Luego, el Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925, ratificó este marco, señalando específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se creó la nueva comuna de Laguna de Tagua-Tagua, integrada por la exsubdelegación de Pencahue, conformándose en su lugar la nueva subdelegación de Laguna de Tagua-Tagua.[7]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[8]

Referencias

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