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Fue conformada a partir del territorio de la antigua [[3.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|3.° Subdelegación]]. Se dividió en cuatro distritos: 1.° [[Orégano (distrito)|Orégano]], 2.° [[Tinguiririca (distrito)|Tinguiririca]], 3.° [[Orilla (distrito)|Orilla]] y 4.° [[Isla de los Briones (distrito)|Isla de los Briones]].<ref>{{Cita libro |título=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno |url=https://books.google.cl/books?id=UkdDAQAAMAAJ |fechaacceso=25 de diciembre de 2018 |fecha=1866 |editorial=Imprenta de la Independencia |idioma=es}}</ref>
Fue conformada a partir del territorio de la antigua [[3.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|3.° Subdelegación]]. Se dividió en cuatro distritos: 1.° [[Orégano (distrito)|Orégano]], 2.° [[Tinguiririca (distrito)|Tinguiririca]], 3.° [[Orilla (distrito)|Orilla]] y 4.° [[Isla de los Briones (distrito)|Isla de los Briones]].<ref>{{Cita libro |título=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno |url=https://books.google.cl/books?id=UkdDAQAAMAAJ |fechaacceso=25 de diciembre de 2018 |fecha=1866 |editorial=Imprenta de la Independencia |idioma=es}}</ref>


Por decreto del 22 de diciembre de [[1891]] fueron creadas varias comunas en el departamento de San Fernando, entre ellas la comuna de [[Chimbarongo (Chile)|Chimbarongo]], a la que pasó a pertenecer esta subdelegación.<ref>{{Cita web |url=http://www.grezcanete.com/2017/12/23/las-310-primeras-comunas-chile-1891-1902/ |título=Las 310 primeras comunas de Chile (1891-1902) |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=23 de diciembre de 2017 |sitioweb=Diego Grez-Cañete |idioma=es-ES}}</ref> Más adelante, por decreto del 29 de agosto de [[1922]], pasó a depender administrativamente de la comuna de [[Tinguiririca (comuna)|Tinguiririca]].<ref>[https://books.google.cl/books?id=oxBHAQAAMAAJ&q=comuna+tinguiririca+1923&dq=comuna+tinguiririca+1923&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiew66K8rvfAhVFipAKHU2bC9oQ6AEIKDAA]</ref>
Por decreto del 22 de diciembre de [[1891]] fueron creadas varias comunas en el departamento de San Fernando, entre ellas la comuna de [[Chimbarongo (comuna)|Chimbarongo]], a la que pasó a pertenecer esta subdelegación.<ref>{{Cita web |url=http://www.grezcanete.com/2017/12/23/las-310-primeras-comunas-chile-1891-1902/ |título=Las 310 primeras comunas de Chile (1891-1902) |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=23 de diciembre de 2017 |sitioweb=Diego Grez-Cañete |idioma=es-ES}}</ref> Más adelante, por decreto del 29 de agosto de [[1922]], pasó a depender administrativamente de la comuna de [[Tinguiririca (comuna)|Tinguiririca]].<ref>[https://books.google.cl/books?id=oxBHAQAAMAAJ&q=comuna+tinguiririca+1923&dq=comuna+tinguiririca+1923&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiew66K8rvfAhVFipAKHU2bC9oQ6AEIKDAA]</ref>


La Constitución Política de la República de [[1925]] estableció en su artículo 93 que "la división administrativa denominada comuna equivaldrá a la división política denominada subdelegación". Esta norma no entró plenamente en vigencia hasta el 1 de febrero de [[1928]] con la dictación del Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de [[1927]], que alteró la división político-administrativa del país. De esta forma, esta subdelegación es fusionada con las de [[La Estación (subdelegación)|La Estación]], [[El Crucero (subdelegación)|El Crucero]], [[Roma (subdelegación)|Roma]], [[Talcarehue (subdelegación)|Talcarehue]], [[San Fernando (subdelegación)|San Fernando]], [[San Luis (subdelegación)|San Luis]] y el distrito de Manantiales, que pertenecía a la subdelegación de [[Placilla (subdelegación de San Fernando)|Placilla]].<ref>{{Cita web |url=https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=19463&buscar=8583 |título=DTO-8583 28-ENE-1928 MINISTERIO DEL INTERIOR - Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=28 de enero de 1928 |sitioweb=Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |idioma=en}}</ref>
La Constitución de 1925, promulgada el 18 de octubre de ese año, estableció en su Artículo 93 que "cada territorio comunal corresponderá a una subdelegación completa" y que "la división administrativa denominada comuna equivaldrá a la división política denominada subdelegación". Esto implicó la unificación de los límites territoriales de ambas entidades, lo que llevó a que las nuevas comunas-subdelegaciones se subdividieran directamente en distritos, eliminando así el estatus legal de las subdelegaciones anteriores.<ref>Constitución Política de 1925, Art. 93; Diario Oficial, 18 de septiembre de 1925</ref> Luego, el Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925, ratificó este marco, señalando específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se reconfirmó la existencia de la [[comuna de Tinguiririca]] y su correspondiente subdelegación homónima.<ref>[https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=254966 Decreto Ley N.° 803], 22 de diciembre de 1925</ref>
 
El 1 de febrero de [[1928]], con la dictación del Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de [[1927]], que alteró la división político-administrativa del país, determinó que esta subdelegación fuera fusionada con los territorios de las exsubdelegaciones de [[La Estación (subdelegación)|La Estación]], [[El Crucero (subdelegación)|El Crucero]], [[Roma (subdelegación)|Roma]], [[Talcarehue (subdelegación)|Talcarehue]], [[San Fernando (subdelegación)|San Fernando]], [[San Luis (subdelegación)|San Luis]] y el [[distrito de Manantiales]], que pertenecía a la subdelegación de [[Placilla (subdelegación de San Fernando)|Placilla]].<ref>{{Cita web |url=https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=19463&buscar=8583 |título=DTO-8583 28-ENE-1928 MINISTERIO DEL INTERIOR - Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=28 de enero de 1928 |sitioweb=Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |idioma=en}}</ref>


== Administración ==
== Administración ==

Revisión actual - 23:55 8 jun 2025

Tinguiririca
Subdelegación
Capital Tinguiririca
Entidad Subdelegación
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
Subdivisiones Cuatro distritos (hasta 1927)

Tinguiririca fue una de las subdelegaciones que integró el antiguo departamento de San Fernando. Fue integrada por cuatro distritos.

El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de 1867.[1]

Historia

La subdelegación fue creada por decreto supremo del 14 de agosto de 1867, que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones. El documento determina así sus límites:

Al norte, el Tinguiririca; al este, los Andes; al oeste, los cerros de la Rinconada y Manantiales; y al sur, el camino de los Viales, desde la cordillera hasta el camino que va a Chimbarongo, siguiendo este camino hacia el sur hasta que se le une el de Bernardino Allendes, situado al sur del fundo de don Pedro Ramírez, el cual, prolongándose hasta la cima de los cerros, completará el límite sur de la subdelegación.

Fue conformada a partir del territorio de la antigua 3.° Subdelegación. Se dividió en cuatro distritos: 1.° Orégano, 2.° Tinguiririca, 3.° Orilla y 4.° Isla de los Briones.[2]

Por decreto del 22 de diciembre de 1891 fueron creadas varias comunas en el departamento de San Fernando, entre ellas la comuna de Chimbarongo, a la que pasó a pertenecer esta subdelegación.[3] Más adelante, por decreto del 29 de agosto de 1922, pasó a depender administrativamente de la comuna de Tinguiririca.[4]

La Constitución de 1925, promulgada el 18 de octubre de ese año, estableció en su Artículo 93 que "cada territorio comunal corresponderá a una subdelegación completa" y que "la división administrativa denominada comuna equivaldrá a la división política denominada subdelegación". Esto implicó la unificación de los límites territoriales de ambas entidades, lo que llevó a que las nuevas comunas-subdelegaciones se subdividieran directamente en distritos, eliminando así el estatus legal de las subdelegaciones anteriores.[5] Luego, el Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925, ratificó este marco, señalando específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, se reconfirmó la existencia de la comuna de Tinguiririca y su correspondiente subdelegación homónima.[6]

El 1 de febrero de 1928, con la dictación del Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de 1927, que alteró la división político-administrativa del país, determinó que esta subdelegación fuera fusionada con los territorios de las exsubdelegaciones de La Estación, El Crucero, Roma, Talcarehue, San Fernando, San Luis y el distrito de Manantiales, que pertenecía a la subdelegación de Placilla.[7]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[8]

Referencias

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