Diferencia entre revisiones de «Pumanque (subdelegación)»

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{{cita|Deslindará al norte con el [[departamento de San Fernando]]; al oriente con la [[San Antonio (subdelegación)|séptima subdelegación]]; al sur con el estero de Lolol; y al poniente con el cordón de cerros de Paredones y Alcántara.}}
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El decreto de 1847 no le consigna distritos.El ''Anuario estadístico de Chile'', publicado en [[1864]], señala que esta subdelegación cuenta con cuatro distritos: [[Pumanque (distrito)|Pumanque]], [[Nerquihue (distrito de Pumanque)|Nerquihue]], [[Lolol (distrito)|Lolol]] y [[Nilahue (distrito de Pumanque)|Nilahue]].<ref name='dec1864'>{{cite book|title=Anuario estadístico de Chile correspondiente al año de 1863|year=1864|publisher=Oficina Central de Estadística|location=Santiago, Chile|page=332}}</ref> El decreto del [[13 de junio]] de [[1865]], que modifica la división del departamento de Curicó, establece que esta subdelegación ocupa el número 11.°.<ref name='dec1865'>{{cita libro|title=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno|volume=XXXIII|number=6|date=junio de 1865|publisher=Gobierno de Chile|page=343-347}}</ref> En [[1865]] se creó la [[provincia de Curicó]], que segregó el territorio del [[departamento de Curicó]] de la provincia de Colchagua. La ley del [[26 de agosto]] de ese año solo entró en vigencia a mediados del año siguiente, según declaró en su memoria de [[1866]] el ministro del Interior, Álvaro Covarrubias. En ella, el secretario de Estado expresa que “la ley que crea la nueva provincia de Curicó acaba de ser puesta en práctica. El Gobierno, al usar de la autorización que dicha ley le concedía para designar los límites de los dos departamentos que aquella provincia debe contener, ha procurado que ellos sean naturales y bien calculados para facilitar la administración, tanto nacional como local, estudiando al efecto el asunto con la debida detención y recogiendo noticias de las personas más conocedoras del terreno”.<ref name="Gobierno de Chile">{{cita libro|title=Memoria del Ministerio del Interior presentada al Congreso Nacional|year=1866|publisher=Gobierno de Chile|location=Santiago|page=16}}</ref><ref name='dec1847'>{{cita libro|title=Boletín de las leyes, órdenes i decretos del Gobierno|volume=XV|number=11|date=noviembre de 1847|publisher=Gobierno de Chile}}</ref>
El decreto de 1847 no le consigna distritos. El ''Anuario estadístico de Chile'', publicado en [[1864]], señala que esta subdelegación cuenta con cuatro distritos: [[Pumanque (distrito)|Pumanque]], [[Nerquihue (distrito de Pumanque)|Nerquihue]], [[Lolol (distrito)|Lolol]] y [[Nilahue (distrito de Pumanque)|Nilahue]].<ref name='dec1864'>{{cite book|title=Anuario estadístico de Chile correspondiente al año de 1863|year=1864|publisher=Oficina Central de Estadística|location=Santiago, Chile|page=332}}</ref> El decreto del [[13 de junio]] de [[1865]], que modifica la división del departamento de Curicó, establece que esta subdelegación ocupa el número 11.°.<ref name='dec1865'>{{cita libro|title=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno|volume=XXXIII|number=6|date=junio de 1865|publisher=Gobierno de Chile|page=343-347}}</ref> En [[1865]] se creó la [[provincia de Curicó]], que segregó el territorio del [[departamento de Curicó]] de la provincia de Colchagua. La ley del [[26 de agosto]] de ese año solo entró en vigencia a mediados del año siguiente, según declaró en su memoria de [[1866]] el ministro del Interior, Álvaro Covarrubias. En ella, el secretario de Estado expresa que “la ley que crea la nueva provincia de Curicó acaba de ser puesta en práctica. El Gobierno, al usar de la autorización que dicha ley le concedía para designar los límites de los dos departamentos que aquella provincia debe contener, ha procurado que ellos sean naturales y bien calculados para facilitar la administración, tanto nacional como local, estudiando al efecto el asunto con la debida detención y recogiendo noticias de las personas más conocedoras del terreno”.<ref name="Gobierno de Chile">{{cita libro|title=Memoria del Ministerio del Interior presentada al Congreso Nacional|year=1866|publisher=Gobierno de Chile|location=Santiago|page=16}}</ref><ref name='dec1847'>{{cita libro|title=Boletín de las leyes, órdenes i decretos del Gobierno|volume=XV|number=11|date=noviembre de 1847|publisher=Gobierno de Chile}}</ref>
== Administración ==
== Administración ==



Revisión del 17:44 12 mar 2020

Pumanque
Subdelegación
Entidad Subdelegación
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Curicó
Subdivisiones Distritos:

Pumanque fue una de las subdelegaciones que integró el antiguo departamento de Curicó, provincia de Colchagua.

El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del 13 de noviembre de 1847, del presidente Manuel Bulnes.

Historia

La subdelegación, que ocupó el número 10.° del Curicó, fue creada por decreto del 13 de noviembre de 1847, del presidente Manuel Bulnes, que divide administrativamente a Curicó. El documento determina así sus límites:

Deslindará al norte con el departamento de San Fernando; al oriente con la séptima subdelegación; al sur con el estero de Lolol; y al poniente con el cordón de cerros de Paredones y Alcántara.

El decreto de 1847 no le consigna distritos. El Anuario estadístico de Chile, publicado en 1864, señala que esta subdelegación cuenta con cuatro distritos: Pumanque, Nerquihue, Lolol y Nilahue.[1] El decreto del 13 de junio de 1865, que modifica la división del departamento de Curicó, establece que esta subdelegación ocupa el número 11.°.[2] En 1865 se creó la provincia de Curicó, que segregó el territorio del departamento de Curicó de la provincia de Colchagua. La ley del 26 de agosto de ese año solo entró en vigencia a mediados del año siguiente, según declaró en su memoria de 1866 el ministro del Interior, Álvaro Covarrubias. En ella, el secretario de Estado expresa que “la ley que crea la nueva provincia de Curicó acaba de ser puesta en práctica. El Gobierno, al usar de la autorización que dicha ley le concedía para designar los límites de los dos departamentos que aquella provincia debe contener, ha procurado que ellos sean naturales y bien calculados para facilitar la administración, tanto nacional como local, estudiando al efecto el asunto con la debida detención y recogiendo noticias de las personas más conocedoras del terreno”.[3][4]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[5]

Referencias

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