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'''Pidihuinco''' o '''Pidigüinco'''<ref>[https://books.google.cl/books?id=Xq5A0UNk2qEC&pg=PA162 Anuario estadístico de Chile]</ref> fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró las [[subdelegación de Chile|subdelegaciones]] [[3.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|3.°]] | '''Pidihuinco''' o '''Pidigüinco'''<ref>[https://books.google.cl/books?id=Xq5A0UNk2qEC&pg=PA162 Anuario estadístico de Chile]</ref> fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró las [[subdelegación de Chile|subdelegaciones]] [[3.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|3.° de San Fernando]], [[Pidihuinco (subdelegación)|Pidihuinco]] y [[Chimbarongo (subdelegación)|Chimbarongo]], en el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de San Fernando|San Fernando]], [[antigua provincia de Colchagua|provincia de Colchagua]]. | ||
El territorio del distrito fue organizado inicialmente por el intendente de Colchagua, [[José María Vergara]], y trasladado a la subdelegación de Roma por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de [[1867]].<ref name="distritos">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ&pg=PA12 |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12-13 |idioma=es}}</ref> | El territorio del distrito fue organizado inicialmente por el intendente de Colchagua, [[José María Vergara]], y trasladado a la subdelegación de Roma por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de [[1867]].<ref name="distritos">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ&pg=PA12 |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12-13 |idioma=es}}</ref> | ||
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{{cita|Al norte, por el deslinde sur del [[Carrizal (distrito)|distrito núm. 1]]; al este, por los Andes; al oeste, por el camino de la Frontera; y al sur, por el deslinde norte de las haciendas de la Quinta y el Sauce.<ref>{{cite news|work=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno (lib. XXV, N.° 8)|date=agosto de 1867|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago|title=Subdelegaciones i distritos del departamento de San Fernando|page=192-212}}</ref>}} | {{cita|Al norte, por el deslinde sur del [[Carrizal (distrito)|distrito núm. 1]]; al este, por los Andes; al oeste, por el camino de la Frontera; y al sur, por el deslinde norte de las haciendas de la Quinta y el Sauce.<ref>{{cite news|work=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno (lib. XXV, N.° 8)|date=agosto de 1867|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago|title=Subdelegaciones i distritos del departamento de San Fernando|page=192-212}}</ref>}} | ||
El Decreto | La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.<ref>''Diario Oficial'', 18 de septiembre de 1925. Art. 92.</ref> No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.<ref>[https://www.bibliotecanacionaldigital.gob.cl/visor/BND:86204 Resultados del X Censo de la Población efectuado el 27 de noviembre de 1930 y estadísticas comparativas con Censos anteriores], p. 8</ref> El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, la [[comuna de Chimbarongo]] quedó compuesta por las exsubdelegaciones [[Pidihuinco (subdelegación)|7.° Pidihuinco]] y [[Chimbarongo (subdelegación)|8.° Chimbarongo]], fusionadas en la nueva [[subdelegación de Chimbarongo]], que a su vez fue integrada por los distritos de ambas exsubdelegaciones.<ref>[https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=254966 Decreto Ley N.° 803], 22 de diciembre de 1925</ref> | ||
== Administración == | == Administración == |
Revisión actual - 23:53 8 jun 2025
Pidihuinco | |
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Distrito | |
Entidad | Distrito |
• País | Chile |
• Provincia | Colchagua |
• Departamento | San Fernando |
• Subdelegación |
3.° Subdelegación (-1867) Pidihuinco (1867-1925) Chimbarongo (desde 1925) |
Pidihuinco o Pidigüinco[1] fue uno de los distritos que integró las subdelegaciones 3.° de San Fernando, Pidihuinco y Chimbarongo, en el antiguo departamento de San Fernando, provincia de Colchagua.
El territorio del distrito fue organizado inicialmente por el intendente de Colchagua, José María Vergara, y trasladado a la subdelegación de Roma por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de 1867.[2]
Historia
El distrito fue organizado por el intendente José María Vergara en 1843. Pertenecía a la 3.° Subdelegación del departamento, como su cuarto distrito. El Anuario estadístico de 1864 le consigna como límites:[3]
Limita al N. con el 1.° distrito por las haciendas de Tierra-Blanca y Carrizal; al E. la cordillera; al S. con el Sauce; al P. con el 1.° distrito en el límite de las haciendas de Tierra-Blanca y Carrizal; y con el 6.° en el deslinde de las haciendas del Perejil y La Quinta.
El decreto supremo del 14 de agosto de 1867, que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos, le otorga el número 2.° de la subdelegación Pidihuinco . El documento determina así sus límites:
Al norte, por el deslinde sur del distrito núm. 1; al este, por los Andes; al oeste, por el camino de la Frontera; y al sur, por el deslinde norte de las haciendas de la Quinta y el Sauce.[4]
La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.[5] No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.[6] El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. En este contexto, la comuna de Chimbarongo quedó compuesta por las exsubdelegaciones 7.° Pidihuinco y 8.° Chimbarongo, fusionadas en la nueva subdelegación de Chimbarongo, que a su vez fue integrada por los distritos de ambas exsubdelegaciones.[7]
Administración
La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[8]
Inspectores
- Manuel G. Silva — 1 de enero de 1867-¿1867?[9]
Referencias
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