Municipalidad de Roma

De la Enciclopedia Colchagüina
Municipalidad de Roma
Localización
Información general
Creación 6 de mayo de 1894
Término 1 de febrero de 1928
Atribuciones Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades
Tipo Corporación municipal
Composición
Miembros 9 (3 alcaldes y 6 regidores)
Sucesión
Municipalidad Departamental de San Fernando Municipalidad de San Fernando (por anexión)

La Municipalidad de Roma fue la corporación encargada de la administración local de la comuna de Roma, en el antiguo departamento de San Fernando, provincia de Colchagua. Inició sus funciones el 6 de mayo de 1894 y operó ininterrumpidamente hasta su supresión el 1 de febrero de 1928, fecha en que la comuna de Roma fue anexada a la de San Fernando.

Composición y organización

De acuerdo con la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades de 1891, la corporación municipal estaba compuesta por un total de nueve miembros. De estos nueve integrantes, tres ocupaban el cargo de alcaldes y los otros seis ejercían como regidores. El cargo de miembro de la municipalidad era de carácter absolutamente gratuito y nadie podía excusarse de ejercerlo, salvo por tener 60 años de edad o padecer de algún defecto físico o enfermedad grave que impidiera el ejercicio habitual de la función.[1]

Tras realizarse las elecciones generales de municipales, la corporación debía instalarse y celebrar su primera sesión ordinaria el primer domingo de mayo, a la una de la tarde. En esta sesión de instalación, los miembros debían prestar juramento de observar la Constitución y las leyes, y procedían a calificar la elección de cada integrante. Una vez constituida formalmente, la municipalidad se abocaba exclusivamente a elegir, mediante voto acumulativo y de entre sus propios miembros, a los tres alcaldes, fijando al mismo tiempo el orden de precedencia entre ellos (primer, segundo y tercer alcalde) y los regidores. En esta misma instancia, la corporación debía elegir, por mayoría de votos, a un secretario y a un tesorero, además de fijar los días y horas en que regirían las sesiones ordinarias futuras.[1]

El trabajo administrativo y deliberativo de la municipalidad se desarrollaba a través de sesiones ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias debían realizarse, como mínimo, dos veces al mes, en los días y horas que la misma corporación determinara al instalarse; en tanto, las extraordinarias podían ser convocadas a solicitud de tres o más municipales para tratar asuntos debidamente específicos, requiriendo que la citación personal a los miembros se hiciera con al menos 24 horas de anticipación. Para que la municipalidad pudiera celebrar una sesión válida, era un requisito estricto contar con la concurrencia de la mayoría absoluta de los municipales en ejercicio. Asimismo, las sesiones debían ser públicas por regla general, a menos que, por una mayoría de dos tercios, los integrantes acordaran tratar un asunto específico de manera secreta. Los empates en las votaciones se resolvían en la sesión inmediata y, de persistir, la proposición se consideraba rechazada.[1]

El primer alcalde operaba como la máxima autoridad ejecutiva de la corporación. Sus deberes incluían ejecutar los actos administrativos, presidir las sesiones, servir de órgano de comunicación con otras autoridades, promulgar ordenanzas y disponer de la fuerza de la policía de seguridad local. Originalmente, bajo la norma de 1891, los alcaldes eran nombrados solo por el término de un año.[1] Sin embargo, la legislación fue reformada y, según el texto de 1915, los alcaldes pasaron a permanecer en sus funciones por todo el período que durara el mandato municipal general.[2]

La Municipalidad de Roma administraba los intereses locales de su territorio jurisdiccional, la comuna de Roma. Estaba facultada legalmente para cuidar de la policía de salubridad (aseo de espacios públicos y mataderos), la policía de comodidad y ornato (caminos y pavimentación) y promover la educación, debiendo fundar y sostener escuelas primarias gratuitas. Financieramente, la municipalidad debía discutir y aprobar su propio presupuesto de entradas y gastos de manera anual, labor que se llevaba a cabo durante la segunda quincena del mes de abril. Ciertas decisiones financieras de gran envergadura, como contraer empréstitos, establecer la tasa de contribuciones o enajenar bienes raíces municipales, requerían someterse a la aprobación de las asambleas de electores (o de contribuyentes), las cuales se reunían tradicionalmente durante el mes de mayo.[1]

La municipalidad cesó sus funciones ejecutivas y deliberativas el 1 de febrero de 1928, en el marco de la drástica reorganización político-administrativa llevada a cabo por la dictadura de Carlos Ibáñez del Campo, que eliminó la comuna de Roma y traspasó la administración de dicho territorio a la municipalidad de San Fernando.[3][4]

Referencias

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