San José del Carmen (distrito)

De la Enciclopedia Colchagüina
San José del Carmen
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán (1883-1925)
San Vicente (1925-1928)
 • Subdelegación Huique (desde 1883)

San José del Carmen fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Huique, en los antiguos departamentos de Caupolicán y San Vicente, provincia de Colchagua.

Fue creado por decreto de 1883 durante el gobierno del presidente Domingo Santa María.

Historia

Por decreto del 19 de julio de 1883, el presidente Domingo Santa María decretó la división de la subdelegación de Pichidegua. El territorio original del distrito de Huique pasó a conformar la nueva subdelegación de Huique, que fue dividido en dos distritos: 1.° Huique y 2.° San José del Carmen. El territorio de este último fue integrado por "los fundos pertenecientes a don Miguel Echeñique y a doña Jertrudis Echeñique de Errázuriz, y tendrá por límites los mismos que separan a estos fundos de otras propiedades".[1]

Por decreto ley del 17 de septiembre de 1925, fue creado el departamento de San Vicente, pasando este distrito a integrarlo desde el 1 de octubre.[2] La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.[3] No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.[4] El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. Este distrito se mantuvo en la misma comuna y subdelegación como parte de esta reforma.[5]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[6]

Referencias

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