Diferencia entre revisiones de «La Huerta (distrito de La Huerta)»
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Esta división no fue definitiva, ya que el 15 de noviembre del mismo año sufrió grandes modificaciones.<ref name="curi2">{{cita libro|title=Geografía política de Chile, o sea, recopilación de leyes y decretos vigentes sobre creación, límites y nombre de las provincias, departamentos, subdelegaciones y distritos de la República|last=Echeverría y Reyes|first=Aníbal|year=1888|volume=Tomo segundo|location=Santiago|publisher=Imprenta Nacional|page=47-53}}</ref> | |||
== Administración == | == Administración == | ||
Revisión del 20:38 15 ene 2023
La Huerta o Huerta fue uno de los distritos que integró la subdelegación de La Huerta, en el antiguo departamento de Vichuquén, provincia de Curicó.
Fue establecido el 17 de abril de 1875, durante la presidencia de Federico Errázuriz Echaurren.
Historia
El presidente Federico Errázuriz Echaurren dictó el 17 de abril de 1875 un decreto que reorganizó algunas subdelegaciones del departamento de Vichuquén, estableciendo su denominación y numeración. La subdelegación de La Huerta estuvo integrada por cuatro distritos, entre ellos el 1.° La Huerta. Sus límites fueron:[1]
Al oriente y sur, el límite de la subdelegación; al norte, la hacienda de Caune; y al poniente, el fundo del Parronal.
El presidente José Manuel Balmaceda fijó una nueva división del departamento de Vichuquén en subdelegaciones y distritos por decreto del 31 de enero de 1887. La norma determinó la restauración de la 11.° subdelegación de Huerta, la que estaría integrada por tres distritos: 1.° Huerta, 2.° Caune y 3.° Peralillo. Sus nuevos límites fueron:[2]
Límites: al norte, la hacienda de Caune; al sur, el río Mataquito; al este, el límite oriente de la subdelegación, desde la puntilla de La Huerta hasta la hacienda de Caune; al oeste, el fundo denominado Parronal.
Esta división no fue definitiva, ya que el 15 de noviembre del mismo año sufrió grandes modificaciones.[3]
Administración
La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[4]
Referencias
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