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Diferencia entre revisiones de «Membrillo (distrito)»
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(Sin diferencias)
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Revisión del 22:39 15 ene 2023
| El Membrillo | |
|---|---|
| Distrito | |
| Entidad | Distrito |
| • País | Chile |
| • Provincia | Curicó |
| • Departamento | Vichuquén |
| • Subdelegación | Lolol |
El Membrillo o Membrillo fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Lolol, en el antiguo departamento de Vichuquén, provincia de Curicó.
Fue establecido el 17 de abril de 1875, durante la presidencia de Federico Errázuriz Echaurren.
Historia
El presidente Federico Errázuriz Echaurren dictó el 17 de abril de 1875 un decreto que reorganizó algunas subdelegaciones del departamento de Vichuquén, estableciendo su denominación y numeración. La subdelegación de Lolol estuvo integrada por cinco distritos, entre ellos el 1.° El Membrillo. Sus límites fueron:[1]
Al oriente y sur, los límites de la subdelegación; al norte y poniente, el cordón de los cerros de La Rinconada y del Cardonal, partiendo del cerro de Los Robles y llegando hasta el estero de Quiahue.
El presidente José Manuel Balmaceda fijó una nueva división del departamento de Vichuquén en subdelegaciones y distritos por decreto del 31 de enero de 1887. La norma determinó que la 7.° subdelegación de Lolol estaría integrada por tres distritos: 1.° Lolol, 2.° La Vega y 3.° Membrillo. Sus nuevos límites fueron:[2]
Límites: al norte, el límite sur del distrito 1.° y la subdelegación de Nerquihue; al sur, el riachuelo de Quiahue; al este, el límite del departamento [de Vichuquén]; al oeste, el riachuelo de Quiahue.
Esta división no fue definitiva, ya que el 15 de noviembre del mismo año sufrió grandes modificaciones.[3]
Administración
La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[4]
Referencias
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